El artículo 14 de la Constitución señala la igualdad de los españoles ante la ley. Textualmente dice: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. Se trata de uno de los artículos sistemáticamente vulnerados por la realidad que se vive de forma cotidiana en nuestro país. Esa igualdad desapareció hace ya muchos años, por ejemplo, en materia retributiva. Las diferencias salariales entre un médico o un profesor que ejercen las mismas funciones, pongamos por caso en Andalucía y en el País Vasco, son algo más que notables. El concierto económico de que gozan los vascos, el mismo al que aspiraban los catalanes cuando el defenestrado Artur Mas inició lo que han terminado llamando el procés, les permite alegrías de las que no pueden disfrutar el resto de los españoles. Tampoco en materia fiscal existe esa igualdad. No son iguales los porcentajes tributarios que se aplican en las diferentes comunidades, en el denominado tramo autonómico. La Junta de Andalucía en ese terreno es de las administraciones más voraces.  También en el caso del impuesto de sucesiones y donaciones en que tiene la tasa impositiva más alta de España, lo que lleva a que muchas familias renuncien a herencias porque el impuesto es una carga tan onerosa que prefieren desentenderse de la herencia, convertida en un regalo envenenado. En Andalucía esas renuncias se han multiplicado exponencialmente en los últimos años cuando, al desinflarse la burbuja inmobiliaria, los valores catastrales de muchas viviendas se encuentran por encima del valor real de mercado -la situación se ha invertido respecto a la que venía siendo tradicional como, consecuencia de las periódicas revisiones catastrales-, y es la referencia catastral la que se toma como referencia para la liquidación de dicho impuesto. A ello se suman las plusvalías municipales que también han experimentado subidas espectaculares.

A diferencia de Andalucía, en otras comunidades se han aplicado exenciones principalmente a las herencias o donaciones de transmisión del bien de padres a hijos o entre cónyuges. Bonificaciones que en el caso de la comunidad de Madrid, suponen el 99 por ciento del gravamen. Es decir, que unos hijos que heredan  a sus padres o una esposa a un esposo -hay muchas más viudas que viudos- afincados en Madrid pagan la centésima parte que si tuvieran que hacer efectivo ese impuesto en Andalucía. La centésima parte, más que una desigualdad supone un agravio en toda regla. ¿Dónde queda el artículo 14 de nuestra constitución?

En Andalucía se está librando estos días una batalla política a cuenta del impuesto de sucesiones, que fue uno de los compromisos que el PSOE de Susana Díaz contraía con Ciudadanos a cambio del apoyo que dieron a su investidura. Estos días los socialistas andaluces andan enfrascados en una campaña de propaganda, articulada en torno al 28 de febrero, en la que rechazan -todo un disparo a la línea de flotación de Podemos que pretende en su documento para un acuerdo de gobierno distinguir entre naciones, comunidades históricas y territorios- una España con diferentes velocidades. Susana Díaz y los suyos tienen, más allá de la propaganda, un buen motivo para acabar con la discriminación que padecen quienes reciben una herencia en Andalucía y se ven afectados por un impuesto que se ha convertido en todo un agravio comparativo.

(Publicada en ABC Córdoba el 24 de febrero de 2016 en esta dirección)

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